A las cooperativas creadas en Canarias y cuyo ámbito de actuación sea el archipiélago, les será de aplicación la Ley 27/1999, de 16 de julio, de Cooperativas que rige por defecto en las comunidades autónomas donde no se haya legislado en esta materia, si bien hay que recordar al lector que esta competencia está transferida a los CCAA. Actualmente está en fase de borrador la ley que regirá los designios de las entidades cooperativas en esta comunidad.
En el año 2013 se promulga la Ley 13/2013, de 2 de agosto, de fomento de la integración de cooperativas y de otras entidades asociativas de carácter agroalimentario, que tiene por objeto fomentar la fusión y la integración de las cooperativas agroalimentarias.
En el plano fiscal, debemos atenernos a los preceptos de la Ley 20/1990, de 19 de diciembre, sobre Régimen Fiscal de las Cooperativas.
Ya en el plano contable, además de llevar una contabilidad ordenada y adecuada a su actividad con arreglo a lo establecido en el Código de Comercio y normativa contable, debe tenerse en cuenta la Orden EHA/3360/2010, de 21 de diciembre, por la que se aprueban las normas sobre los aspectos contables de las sociedades cooperativas.